Educación inclusiva y atención a la diversidad.
Este tema se abordó durante las exposiciones orales y bajo mi punto de vista, es uno de los más interesantes e importantes. Por ello, como no podía ser de otra manera, quería dedicar un hueco de mi blog a este tema.
El Decreto 67/2007, por el que se establece y
ordena el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la comunidad
autónoma de Castilla-La Mancha, entiende la atención a la diversidad como el
conjunto de actuaciones educativas dirigidas a dar respuesta al alumnado y a su
entorno en función de las diferentes capacidades, ritmos y estilos de
aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales,
lingüísticas y de salud.
Según el decreto nombrado y definido anteriormente
la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo partirá
de la identificación de sus características y responderá a los mismos objetivos
y competencias que los del resto de sus compañeras y compañeros, se organizará
de manera individualizada en el contexto del aula con los recursos necesarios y
facilitará la coordinación con las familias y con el resto de los sectores
implicados.
Para el alumnado que presente necesidades
educativas específicas o de apoyo, se realizarán los apoyos y adaptaciones
curriculares necesarias en su escolarización en un centro educativo ordinario.
Estas adaptaciones curriculares se encargan de adaptar o modificar el currículo
para favorecer el aprendizaje del alumno/a, ayudándole a superar las barreras
que le impidan adquirir correctamente los contenidos.
Escolarización en centro
ordinario. Esta opción debe ser la primera siempre,
especialmente en Educación Infantil, etapa educativa que nos ocupa, adaptando
la metodología y los elementos prescriptivos
necesarios. Por ello, siempre que
las necesidades del niño/a puedan ser atendidos en este tipo de centros, se
escolarizará en uno de ellos.
Escolarización en un centro de educación especial. En este tipo de centros se escolariza al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad y que tienen un desfase cognitivo y social grave. Este centro dispone de los recursos y espacios necesarios para este alumnado y de los que no dispone un centro ordinario. Además, estos disponen de determinados servicios como fisioterapia y enfermería para atender a las personas allí escolarizadas.
Referencias bibliográficas.
Decreto 67/2007, por el que se establece y ordena
el currículo del segundo ciclo de la educación infantil en la comunidad
autónoma de Castilla-La Mancha.
Culebras, S., 2019. Modalidad de escolarización
(alumnado con discapacidad). Fuera de serie.
http://fueradeserieblog.com/modalidad-de-escolarizacion-alumnado-con-discapacidad/
Comentarios
Publicar un comentario